Sección 3ª. Suspensión del contrato.
Artículo 45. Causas y efectos de la suspensión.
1. El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas:
a) Mutuo acuerdo de las partes.
b) Las consignadas válidamente en el contrato.
c) Incapacidad temporal de los trabajadores.
d) Maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural de un menor de nueve meses y adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente o simple, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las Comunidades Autónomas que lo regulen, siempre que su duración no sea inferior a un año, aunque éstos sean provisionales, de menores de seis años o de menores de edad que sean mayores de seis años cuando se trate de menores discapacitados o que por sus circunstancias y experiencias personales o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar debidamente acreditadas por los servicios sociales competentes.
e) Cumplimiento del servicio militar o de la prestación social sustitutoria.
f) Ejercicio de cargo público representativo.
g) Privación de libertad del trabajador, mientras no exista sentencia condenatoria.
h) Suspensión de sueldo y empleo, por razones disciplinarias.
i) Fuerza mayor temporal.
j) Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
k) Excedencia forzosa.
l) Por el ejercicio del derecho de huelga.
m) Cierre legal de la empresa.
n) Por decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
2. La suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo.
11 pensamientos en “A45 Causas y efectos de la suspensión”
Una persona me pide este favor. Ella trabaja en una empresa de vigilancia, su hija de 20 años sufre una crisis , la cual la llevo a internarla en una clínica de reposo por varios días, por lo cual pidió permiso para poder asistir a su hija. La empresa le comunica que le van a cancelar el contrato, ella lleva 5 años con dicha empresa, dejando sus hijos en manos de terceros para cumplir con su trabajo. Es esto correcto.
Astrid Freile
Mi esposa labora de interna, pero de noche tampoco la señora la deja descansar, llamándola mas de 4 veces promedio, asi como el tiempo que para ella le toma conciliar el sueño de nuevo. habló con el empleador y en varias veces le cambiaron la medicación, pero ninguna le hace efecto y como consecuencia de esta reclamación por trabajar 6 dias y 6 noches casi completas la van a despedir. ella pidió rehacer el contrato y para poder ser mas productiva, al menos laborar 2 dias ella y 2 la persona del fin de semana, pero no están de acuerdo y la consecuencia es el despido y la contratación de otra empleada de hogar que pueda asumir la tarea sin verse ellos en la necesidad de tener que emplear a una tercera o llegar a un acuerdo laboral. es procedente ese despido. Gracias
Julio Cesar
Hola. Mi empresa va a ser traspasada y por lo tanto, la jefa me despide. Es eso correcto? Quiero decir, no deberian los nuevos «jefes» mantenerme el contrato?
O en el caso de que no me quieran y me despida la jefa, deberia ser eso despido improcedente? Tengo un contarto indefinido.
Muchas gracias.
Laia
Hola.
Quiero comentarles que mi jefa nos quiere sancionar con sanción de sin empleo y sueldo por discutir con una compañera. Ambas nos llevamos fatal. Y los dueños lo saben.
Yo me siento acosada por esta persona.
Es cierto que esto es una falta grave como dicen los empresarios, y de puede sancionar con suspensión de empleo y sueldo. Si es así… Por cuantos días??
Graciss
Gema
en el caso de suspensión de empleo y sueldo 7 días. ¿Estos días se puede partir en dos periodos a conveniencia de la empresa? Es decir. ¿ 4 dias y luego los otros 3 dias?
jose
Hola soy un trabajador indefinido. En mi trabajo nos han suspendido de empleo y sueldo a todos los trabajadores por unos echos ocurridos contra la empresa ( pintadas en la fachada pidiendo que nos paguen 2 nominas de atraso) y asi hacer un cierre patronal de la empresa. Estan mareandonos con el sindicato para una reunion y negociar el despido de la gente pero no se presentan a la reunion o la cancelan. Que hay de legal en esto? Que podemos hacer?? Muchas gracias
Javier
Hola,a mi me hicieron un contrato de interinidad para sustituir del 1/10/17 al 11/10/17 a » fulanita » por vacaciones.La cuestión es que me dicen el día 5 que el 6 termino porque «fulanita» a cogido la baja por riesgo en el trabajo. A esto les digo que entonces la baja me corresponde a mi pues yo la estoy sustituyendo.y me dicen que no que hay que hacer nuevo contrato y se lo dan a otra. Es esto legal??? O me corresponde a mi cubrir esa baja???
Iratxe
Yo queria saber si por quedarte enbarazada en el periodo de contrato de 6 meses, se puede despedir a la mujer aunque el embarazo no sea de riesgo. Gracias
Nerea
La suspensión del contrato por algunas de las causas previstas en el art 45 del estatuto de los trabajadores no interrumpirá el plazo de duración del contrato.
Que significa esto???
Si quiero dejar esto antes de que finalice mi trabajo o si no quiero renovar el contrato, como lo tengo que hacer???
Gracias
Ainhoa
Hola buenas tardes he tenido un problema al firmar un contrato de 6 meses con dos meses de prueba fui hablar con la persona responsable ya que el sueldo ofrecido no aparece en el contrato y es menor al ofrecido y quise llegar a un acuerdo de que me dieran el paro y se quedaran la indemnización y me dice que no que firmara la baja voluntaria y mas encima me dice que no valla mas a trabajar pero no me lo da por escrito en el contrato hay un apartado que pone lo siguiente ambas partes acuerdan que de suspenderse el contrato durante el periodo de prueba se suspenderá este por el mismo tiempo,ello no impedira que persista la posibilidad de ejercitar por cualquiera de las partes el desistimiento de la relacion laboral. me deben dar el paro si no firmo la baja voluntaria
Daniel
podría pedir la suspensión de empleo y suleldo por un periodo de un mes para probar otro trabajo y no perder el actual
Inma Sánchez Fernández