A56 Despido improcedente

Artículo 56. Despido improcedente.

1. Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades.
El abono de la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

2. En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación. Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

3. En el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.

4. Si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponderá siempre a éste. De no efectuar la opción, se entenderá que lo hace por la readmisión. Cuando la opción, expresa o presunta, sea en favor de la readmisión, ésta será obligada. Tanto si opta por la indemnización como si lo hace por la readmisión, tendrá derecho a los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2.

Despido improcedente
Despido improcedente

37 pensamientos en “A56 Despido improcedente

  1. Hola me despidieron y en el motivo pone falsas repetida al trabajo .estoy desconcertada porque no se corresponde con la verdad .
    no lo firme y pido alguna información, gracias

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  2. Buenas tardes, ¿quiera saber porque en un despido improcedente la opción de ser admitido o indemnizado no es por parte del trabajador?, ya que si se comprueba en el juicio que la empresa es la culpable el trabajador es que debería tener esa opciones. Creo que así por lo menos los empresarios no tendrían vía libre para el despido libre indemnizado.

    gracias

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    1. Me notifican el dia 13 de marzo de este año, que con fecha 30 del mismo mes me despiden por final de obra. El dia 14 entra el estado de alarma por el coronavirus. Tengo que decir que mi domicilio lo tengo el la provincia de Málaga. El dia 16 voy al medico, el cual me da la baja. Mi pregunta es: ¿ El despido es procedente?

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  3. MI EMPRESA LLEVA MAS DE UN AÑO RETRASANDOSE EN EL PAGO DEL SUELDO HASTA DE 20 DIAS. COMO PUEDO RESCINDIR EL CONTRATO PARA IR A TRABAJAR A OTRO SITIO?, DEBE LA EMPRESA INDEMNIZARME COMO DESPIDO IMPROCEDENTE?, SI VOY A JUICIO, ME PUEDEN CONTRATAR EN LA OTRA EMPRESA MIENTRAS DURA ÉSTE?

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  4. Hola he estado en una empresa 8 años y cinco y medio haciendo una excedencia en octubre se cumplio la ultima excedencia y la chica que le cubria la excedencia a pedido otra por cinco años y a mi me han dicho que se me habia cumplido el contrato y me han despedido . Es despido improcedente , me tienen que indernizar ellos dicen que no ( me corresponde a mi la excedencia que le han vuelto a dar ). Muchisimas gracias un saludo .

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  5. hola:a mi marido lo han despedido ,despido improcedente reconocido por la empresa,cuando le han pagado la indennizacion venia con un 33% aplicado de irpf,cuando la cantidad no supera los 180.000 E.Y tengo entendido que hasta esa cantidad las indennizaciones estan exentas de tributacion,gracias.

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  6. Hola quisiera cogerme una reducción de jornada, mi padre tiene 82 años y se vale por si mismo pero, yo le friego, le lavo la ropa, le cocino, en fin me ocupo de todo pero recalco que no está impedido, mi pregunta es: si puedo reducirme la jornada en este caso?

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  7. Me acabo de enterar…q mi empresa la han vendido. Tengo pendiente un Juicio ..23 de Febrero. Por despido ..todo apunta a improcedente..como apunta mi situación?, muchas gracias.

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  8. Buenos días, llevo de baja desde el día 28 de marzo por enfermedad y en principio tengo baja hasta el día 12 de abril. Con fecha 5 de abril y por una llamada de mi jefe informando que me ha mandado la baja de la empresa con fecha 10 de abril (vía e-mal) por reajuste de a empresa. Reconoce la improcedencia del despido y me indenmiza 33 días por año (llevo en la empresa desde el 1 de julio del 2013 – 10 abril 2016). Tengo un contrato de 4 horas y trabajo 8 más los sábados hasta las 14.00). En la carta me dice qme corresponde una indenmización de 1452,68€. Está bien la cantidad que figura? Gracias

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  9. Buenas noches:
    A mi marido le despidieron y tiene sentencia por despido improcedente, donde además se condena subsidariamente al grupo empresarial .
    El grupo son cuatro empresas, mi marido trabajaba en una de ellas. Actualmente su empresa está en concurso de acrredores y en una reunión han manifestado que le van a readmitir y a incluír en el ERE ¿esto es legal?¿que se puede hacer?

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  10. Hola,
    Me gustaria pedir consejo acerca de lo que debo hacer. Hace una semana, cogí la baja por emfermedad y hoy la empresa me ha enviado un burofax indicandome que me despedían por cese de negocio. Estando de baja te pueden despedir por cese de negocio?
    El problema que veo también, es que realmente no es un cese de negocio, sino que el jefe ha vendido la empresa y se ha quedado con otra, es decir, trabajo en las estaciones de renfe, y me enviaron a una, y después de 5 meses estando en esa estación dicen que la venden, y por tanto me echan en vez de trasladarme.
    Que debo hacer? donde debo acudir?

    GRACIAS

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    1. Hola JAndira.

      Si la empresa cesa, el hecho de que estés de baja no implica que sigas de alta en la empresa.
      No obstante, debes de acudir a un abogado porque me faltan datos, para ver si existe una subrogacion, y por lo tanto la empresa que adquiera el negocio podria estar obligada a subrogar a los trabajadores

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      1. Hola me llamo Cristian y estuve trabajando en un taller de lavado de coches desde 15 de febrero 2019 con un contrato de 3 meses luego me renovaron por otros 3 meses pero rezulta que en dia de 6 de junio. 2019hasta dia de 17 de junio 2019 estuve de baja medical y el dia 18 cuando me prezente al trabajo me encontre con una carta de despido por motivos que no me adapto a la normas de la empresa pero que reconocen la omprocedencia del despido conforme al art.56.2 .La pregunta es que tengo que hacer en este caso y que es lo que me pertenece .Se me olvido decirle que el contrato era de 6 horas.Tambien me gustaria saver cual es el plazo de que me den el finiquito y cual es el plazo para poner la denuncia por si no estoy deacuerdo con la cantidad qie se me ofrece. Espero una respuesta .Un cordial saludo

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  11. Hola me acaban de dar una carta de suspensión de relación laboral por un periodo de 3 meses, por una ERE por la grave situación de crisis ¿tengo que firmarla? ¿qué derechos tengo?¿en qué situación laboral quedo yo? Muchas gracias

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    1. Si el ERE esta tramitado legalmente debes firmarla. Entiendo que estará previsto que pases al desempleo temporalmente. Pero sin ver el ERE no podría contestar.

      En todo caso, esta página no puede responder a las condiciones de un ERE. Esto trata del Estatuto de los trabajadores.

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  12. El 1-07-2011 me despidieron estando de baja por IT. La empresa reconoció la improcedencia del despido. La Sentencia del Juzgado de lo Social estimó la improcedencia del despido y me indemnizaron con 45 dias año. La recurrí y el TSJ me ha estimado en parte, reconociendo la improcedencia y con derecho a los salarios de tramitación.
    Desde el despido (1-07-11) hasta la fecha de la Sentencia del TSJ (2-05-12)he continuado de baja IT hasta el 1-03-12 que encontré otro trabajo.
    Me tienen que pagar salarios de trámite estando de baja por IT?

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    1. Con lo que me cuentas, deben pagarte los salarios de tramitación hasta el inicio del nuevo empleo.

      Aunque no sé realmente porque recurriste la sentencia favorable a la improcedencia, pero bueno.

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  13. El 31-01-2012 fui despedido improcedentemente. En el tribunal de albitrage no llegue a un acuerdo con la empresa pues me querian indemnizar con 33 dias, y yo considero que me tienen que indemnizar con 45.
    Me afecta esta reforma laboral que entro en vigor el 11-02-2012
    Ya he hecho la demanda, si gano el juicio la indemnizacion sera de 45 dias y deberan pagarme los salarios de tramitacion.

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    1. hecha la ley, hecha la trampa. Imaginate que te readmiten, y espera un tiempo (un mes por ejemplo) y a partir de ahi de nuevo de pueden despedir con la nueva ley en aplicación.
      ganar el juicio por despido improcedente, da la opción a la empresa de abonarte 45 días o readmitirte.

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  14. Despues de un despido improcedente me han readmitido , como me lo deben de comunicar para incorporarme a la Administración Pública.Ha pasado un año desde el despido a la readmisión , que derechos tengo en ese año.Gracias

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    1. te lo deben comunicar por escrito, y en la sentencia debe estar especificado, las condiciones de la readmisión. Aunque entiendo que te pagarán los salarios como si hubieras trabajado.

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  15. En primer lugar agradecerte tu atención y felicitarte, y en segundo comentarte una duda.
    Se puede considerar como despido improcedente el efectuado por la empresa tras la incorporación de excedencia voluntaria? y en mi caso particular, podría considerarse nulo al ser Delegada Sindical nombrada por la junta de Andalucía.
    Un saludo.

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    1. ¿supongo que diras en bromas que la causa del despido es incorporarte de una excedencia voluntaria? No se puede entender como causa eso.
      Tampoco puede entender eso de ser delegada sindical nombrada por la «junta de Andalucia». Eso no cuadra. Los delegados sindicales, lo son por ser nombrados por sindicatos y por los trabajadores de la empresa.

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  16. Me han despedido improcedentemente con indemnización. He estado un mes de baja por accidente de tráfico y al reincorporarme, al segundo día me han comunicado el despido. Tengo alguna posibilidad de reclamar/denunciar a la empresa?

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    1. cuando me dices que es improcedente, supongo que te lo han reconocido documentalmente. Para reclamar contra un despido improcedente con sus abonos correspondientes hay que tener razones que indican que el despido es nulo, y no me indicas si ese es tu caso.

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  17. Soy médico con contrato fijo en una empresa desde hace 3 años. El sueldo que me ofrecieron no igualaba el anterior pero me invitaron a trabajar por mi cuenta por la tarde, cosa que siempre he hecho, pero me compensaba por la proximidad a mi familia, con lo que renuncié a una interinidad con un sueldo mayor. La situación actual es que están amenazando de palabra¡¡¡ a los médicos (que somos el 50%) para que dejemos el trabajo por la tarde y me temo que es posible que acabemos en un despido improcedente. Mi pregunta es si a parte de los 45 días existe alguna sentencia con una indemnización mayor por el perjuicio que ello ha supuesto en mi caso. Dejar un trabajo fijo con un salario mayor… Muchas gracias por vuestro tiempo. Aurelio Muñoz

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    1. No te puedo responder, no es una pregunta de ET, tendrías que consultar un abogado laboralista o sindicato.
      Un saludo

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  18. cuando pactas en el juzgado antes de ir a jucio y cuando la cantidad no corresponde a la legal siendo menor dicha cantidad es igualmente un despido improcedente pq ahora me veo que por pactar en el juzgado con una cantida inferior a la que por ley me corresponde mi seguro de la ITT dice que no me cubre dicho siniestro por haber paztado por dicha cantidad esto es asi

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    1. esto que me cuentas no tiene pies ni cabeza.

      No sé que es el «seguro de la ITT». Salvo que te refieras al producto de MAPFRE.

      Como comprenderas, aqui no damos atención a preguntas completamente ajenas al estatuto de los trabajadores.

      lee el condicionado de tu poliza y ahi puede ser que encuentres la respuesta.

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  19. Mantengo la misma duda.
    En ese caso, si el trabajador tiene un nuevo puesto de trabajo, ¿es obligatorio para él reincorporarse a la primera empresa si el empresario opta por readmitirle? ¿Y si optara por no reincorporarse perdería el derecho al cobro de salarios de tramitación o de otro concepto?
    Muchas gracias.
    Cristina.

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    1. Si no se reincorpora, se entiende como baja voluntaria, aunque mantiene el derecho a cobrar los salarios de tramitación si la sentencia se lo ha concedido.

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  20. hola.. me han despedido y no entiendo de esto.. quisiera saber lo que realmente m pertenece yevo 3 años y 6 meses en la empresa con un contrato parcial de media jornada.. y he estado trabajando las 8 horas diarias .. que me aconseja usted?

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    1. Deberías poner en manos de un abogado o sindicato el asunto. Si has trabajado 8 horas y solo constaba la mitad, algo esta mal y es denunciable. Además debería mirarse el despido y su consideración.
      Aqui no podemos hacerte cálculos de lo que te pertenece, como comprenderas.

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  21. Hola, me han despedido improcedentemente, y tengo pendiente un juicio. Ahora mismo estoy trabajando en otra empresa. Siempre y cuando la sentencia de el despido como improcedente,y el empresario opta por readmitirme, ¿podría hacerlo aun estando trabajando en otra empresa? o ¿Tiene que pagar la indemnización sin mas?
    Muchas gracias.

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    1. Entiendo que estas pendiente de sentencia por lo que todavía no esta reconocida la improcedencia.
      No me indicas si se ha realizado el intento de conciliación obligatorio. Pero voy a entender que si.

      En todo caso, cuando un despido es declarado por sentencia como improcedente el empresario puede optar por readmitir o abonar la imdemnización. Es su opción, y podrá elegir entre abonarte la imdenización o abonarte los salarios de tramitación, hasta que encontraste el nuevo trabajo y reincorporarte a tu puesto de trabajo.

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