A60 Prescripción

Sección 2ª. Prescripción de las infracciones y faltas.

Artículo 60. Prescripción.

1. Las infracciones cometidas por el empresario prescribirán a los tres años, salvo en materia de Seguridad Social.

2. Respecto a los trabajadores, las faltas leves prescribirán a los diez días; las graves, a los veinte días, y las muy graves, a los sesenta días a partir de la fecha en que la empresa tuvo conocimiento de su comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.

18 pensamientos en “A60 Prescripción

  1. ¿Puede un sindicato demandar la preescripcion positiva de un inmueble que ha ocupado por mas de 20 años para sus actividades propias del sindicato?

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  2. Hola, mi pregunta es cuanto es el tiempo de validez de una carta de amonestación.?
    Dependiendo de su gravedad al cuanto tiempo queda sin efecto.

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  3. Hola me levantaron un acta administrativa el dia 27 de enero por faltas todas mis faltas fueron por salud no fui al seguro porque tienen muy mal trato y ya he sufrido muchas veces negligencia médica el dia de hoy 06 me volvieron a levantar otra acta administrativa mi pregunta es esa acta es eterna o tiene tiempo de vencimiento

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  4. Hola , hace un mes la empresa me notifico un parte de falta grave o muy grave a lo cual yo les respondí en mi defensa con unas alegaciones aclarando la situación , lo que me gustaría saber es que tiempo tiene la empresa para darme una respuesta a esas alegaciones que hice puesto que ya laboralmente no pueden hacer nada por que mi contrato termino , todo fue por exigirles el pago de unas horas extraordinarias que se echaron que querían cambiarlas por días de descanso con un contrato nuevo al finalizar este, es decir trabajar 45 días seguidos con un contrato de 8 horas a 40 horas semanales y un día de descanso semanal y al finalizar ese contrato hacer otro por 6 días ,para quedarte en tu casa, mas 4 días mas de vacaciones que corresponden por el contrato anterior , a lo que yo les dije que NO , que para que quería vacaciones pagadas si ya estaba parado y sin oportunidad de esos días poder buscar trabajo .Pues por eso fui condenado en esa empresa a que no me vuelvan a llamar mas .

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  5. he recibido una amonestacion por escrito por una falta levede la Direccion de mi Empresa Quisiera saber cuando caduca ya que no me voy a molestar en responderla para no buscarme lios en la empresa, además no se ni donde la tengo que responder.No estaba sindicada y los abogados sindicales no me asesoran por llevar menos de 6 meses sindicada( me sindique en cuanto me mandaron la carta viendo que van a por mi)Que repercusiones puede tener para mi si l a dejo estar, caducará sin mas al sr una cosa leve que la cervdad no ha tenido la mayor importancia?. Agradecería su orientacion

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  6. Hola, la empresa me ha sancionado con una falta grave disciplinaria porque no quise quedar con la supervisora para que me revisará según ella una comunidad, le vengo pidiendo mas tiempo en esa comunidad desde la primera reclamación, ella quería quedar conmigo para obligarme a realizar una tarea donde le estoy pidiendo mas tiempo, que puedo hacer

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  7. Perdonad otra pregunta o especificar la respuesta que quiero saber ? Pasados estos 60 días si me voy pengo derecho a indemnización o lo pueden utilizar para no indemnizar-me?
    Y si me despiden ellos pasa lo mismo?

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  8. Buenas tardes, hoy he recibido una amonestación de falta muy grabe, según la jefa , no es ni un despido ni una sanción, simplemente dice que es un aviso para que sepa que lo que hice esta mal., según la carta que me ha dado hoy y los hecho ocurrieron el día 2 de abril. mi pregunta es , en caso de falta muy grabe como pone en la carta a los 60 días prescribe, pero esto que quiere decir , que si yo por ejemplo dentro de 70 días encuentro otro trabajo, o ella me despide, no tengo derecho a indemnización? esta carta me la ha hecho simplemente para ahorrarse la indemnización en un futuro? o pasados estos 60 días y me voy a los 70 tengo derecho a indemnización? Por favor pueden ayudarme, es la primera y espero la última vez que me pasa esto.

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  9. Me han sancionado tres meses sin empleo y sueldo en ccoo me han dicho que primero tienen que ir los enlaces sindicales a denunciar que no están de acuerdo antes de denunciarlo yo.
    Que tienen que hacer y que pueden conseguirme
    Gracias

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  10. Hola estoy sancionada de empleo y sueldo tres meses. es cierto que los primeros que me tienen que apoyar para hacer una conciliación son los enlaces sindicales antes de ir yo con mi abogado.

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  11. hola, podrias decirme algo referente a la pregunta anterior, Gracias.

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  12. Hola, podrías explicarme como es lo de los 6 meses, te comento mi situación: hace 1 año, cometí el error de escribir un número mal era el 2 y puse 7, además no puntee dicho documento, Ahora 1 año después la empresa recibe una sanción económica, con la cual se entera de mis dos errores y por ser dos faltas graves me despiden. Mi pregunta es: las faltas estarían prescritas por haberlas cometido hace mas de 1 año?, o no porque prescribe a los 20 días de haber tenido conocimiento del error la empresa.
    Gracias y un saludo

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  13. Buenas noches, mi duda es la siguiente:

    Si la empresa tiene conocimiento de una falta muy grave y por ello prescinde laboral-mente con un despido disciplinario a varios trabajadores, y ya han pasado 2 meses de ese despido.

    ¿Pueden pasado 2 meses volver a despedir a otros trabajadores por este motivo?

    ¿O tienen 6 meses para poder ejercer los despidos?

    Otra cuestión seria, si pueden despedir a unos si y a otros no, habiendo actuado todos de igual manera.

    Les rogaría pudieran aclararme estas dudas.

    Gracias

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    1. poneis muy díficil responder a veces. en fin con lo que me cuentas la pregunta clave es:
      ¿sabia la empresa la implicación de los trabajadores en la falta muy grave cuando hizo los otros despidos o se ha enterado dos meses después? Porque dependiendo de la respuesta la cosa cambia.

      ¿se puede despedir a unos si y a otros no? no, porque las razones que avalan que unos se queden en la empresa avalan a los que se quiere echar para quedarse. Pero eso es siempre que todos tenga las misma actuación y misma responsabilidad, que suele ser muy díficil de acreditar.

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  14. Buenos dias, mi duda sobre la prescripcion se refiere a que¿ no se podra tener en cuenta para un despido una falta ocurrida hace más de 6 meses? Mi caso es que hace 2 años fui sancionada con 4 meses sin sueldo por una falta grave. Ahora , algo que podía haberse quedado en amonestación, lo consideran falta muy grave y tiene en cuenta la falta anterior. Con lo cual tengo despido disciplinario. Les rogaría me lo pudieran aclarar.
    Gracias

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    1. Interpretas mal lo que dice el estatuto. La prescripción a la que se refiere tiene que ver en caso de no haber sanción. Es decir algo que hiciste y no fue sancionado, hace mas de seis meses no puede contarse como tal y por tanto acumular para subir de grado la nueva sanción. De todas maneras el estatuto es muy general sobre este asunto y los convenios suele detallarlo mas. Te recomiendo que lo mires. En todo caso, debes ir a un sindicato o abogado laboralista porque tu situación es grave.

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      1. Muchas gracias por la respuesta. Se que la situación es grave y por eso me intento agarrar a un clavo ardiendo.
        Deseeme suerte, me va a hacer falta.
        Gracias de nuevo

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